17/9/13

DESAYUNOS ESCOLARES


INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA

DE DESAYUNOS ESCOLARES EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS QUE

IMPARTEN, DURANTE EL PRESENTE CURSO, EDUCACIÓN INFANTIL Y/O

PRIMARIA CON LA COLABORACIÓN DE LA FUNDACIÓN LA CAIXA Y LA

FUNDACIÓN LA CAJA CANARIAS.

La Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, a través de la Dirección General

de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa por medio de sus diferentes programas y en

colaboración con la Dirección General de Salud Pública, detecta que un alto porcentaje del

alumnado perteneciente a los centros enclavados en zonas desfavorecidas social y

económicamente, asisten a su centro escolar sin desayunar y por tanto sin el aporte nutritivo

suficiente para poder realizar diariamente la labor escolar.

Teniendo en cuenta la realidad social que vive nuestra comunidad, se pondrá en marcha

durante el presente curso 2013/14 el Programa de Desayunos Escolares.

Se podrá beneficiar de este programa el alumnado matriculado en el actual curso escolar en

cualquier centro público de la Comunidad Autónoma de Canarias en Educación Infantil y/o

Primaria, cuyos ingresos familiares no excedan el Indicador Público de Renta de Efectos

Múltiples (IPREM) establecidos en el Ley 26/2009, de 23 de diciembre (BOE nº 309 de

24/12/09) que, según lo dispuesto en la Disposición Adicional Octogésima segunda de la Ley

17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 (BOE nº

312, de 28 de diciembre de 2012) es de 6.390,13 €.

A tal fin, se dictan las presentes instrucciones para el desarrollo de la medida por parte de los

centros educativos:

Primero.- Los centros públicos que impartan durante el presente curso escolar Educación

Infantil y/o Primaria, arbitrarán las medidas que consideren oportunas para trasladar al inicio

del curso a todas las familias las características y requisitos de esta medida, así como el modelo

de solicitud.

Segundo.- Las familias que cumplan el requisito descrito anteriormente (ingresos totales

familiares que no superen los 6.390,13 euros) podrán acogerse a la medida. Para ello deberán

cumplimentar el impreso de solicitud cuyo modelo se adjunta, y aportar la documentación que

se indica en el mismo, presentándolo hasta el 20 de septiembre de 2013 en el propio centro.

Toda la documentación aportada por las familias será custodiada por el centro educativo.

Tercero.- Será el propio centro a través del Consejo Escolar, el que comprobará las solicitudes

y la documentación aportada a fin de que quede acreditado el requisito para acogerse al

programa. En caso de que se presentase alguna reclamación al acuerdo que adopte el Consejo

Escolar, será remitida a la Dirección Territorial de Educación correspondiente para su

resolución.

Cuarto.- El centro educativo comunicará a la Dirección General de Ordenación, Innovación y

Promoción Educativa, antes del 27 de septiembre de 2013 el número de alumnos que, de

conformidad con el acuerdo del Consejo Escolar, serán beneficiarios de la medida durante el

curso escolar 2013/14, a una de las siguientes direcciones de correo electrónico

jpergal@gobiernodecanarias.org

mlopvar@gobiernodecanarias.org

Quinto.- Los desayunos se harán de acuerdo con la organización de cada centro respetando su

autonomía. Se intentará, en la medida de lo posible, que el desayuno se haga antes del inicio de

las clases.

En cualquier caso el desayuno consistirá en una ración alimenticia que contenga los suficientes

nutrientes para poder realizar la labor escolar, y cuyos alimentos específicos serán decididos

por el Consejo Escolar del Centro.

Sexto.- La Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, a través de la Dirección

General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, realizará trimestralmente

libramientos de carácter finalista a los centros educativos, teniendo en cuenta los datos de

alumnos beneficiarios de cada centro. La justificación del ingreso y del gasto se hará conforme

establece el Decreto 276/1997, de 27 de noviembre (BOC nº 162, de 17.12.1997), por el que se

regula el procedimiento de gestión económica de los centros docentes públicos, no

universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Séptimo.- El programa de desayunos escolares comenzará antes del 1 de octubre de 2013.

En Canarias, a 16 de septiembre de 2013

LA DIRECTORA GENERAL DE ORDENACIÓN,

INNOVACIÓN Y PROMOCIÓN EDUCATIVA

Georgina Molina Jorge

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